La inclusión de advantame como edulcorante en las categorías de alimentos para los que se autoriza el uso de edulcorantes intensivos con arreglo al anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 proporcionará varios beneficios a los fabricantes. Así, tendrán mayor flexibilidad a la hora de crear productos alimenticios de valor energético reducido con un sabor similar al de sus equivalentes de valor calórico no reducido. El sabor y el dulzor de advantame, junto con su buena estabilidad, lo convierten en una alternativa a los edulcorantes intensivos ya autorizados. Además, ofrece a los consumidores y a la industria alimentaria la opción de elegir entre una selección más amplia de edulcorantes, con lo que se reduce la ingesta de cada uno de ellos.
Cuando todavía se ve como edulcorantes novedosos la estevia o sus derivados, ya ha llegado otro, el advantame. Con anterioridad a esta nueva aprobación europea, este edulcorante ya se podía encontrar en Australia y Nueva Zelanda y, más recientemente, también ha sido aprobado por la Agencia de Medicamentos y Alimentos estadoundidense (FDA).
El advantame es el resultado de la combinación de aspartamo y vainilla. Se trata de un nuevo edulcorante bajo en calorías, 37.000 veces más dulce que el azúcar y 100 veces más dulce que el aspartamo. Puede utilizarse para mejorar sabores tales como frutas, cítricos y menta y para ampliar la duración de la dulzura en la goma de mascar.
Edulcorantes bajos en calorías
Como se puede observar, las autoridades competentes velan de forma exhaustiva por nuestra seguridad y, ante la duda, se aplica el principio de precaución para valorar y aprobar productos como estos edulcorantes bajos en calorías y cerciorarse de que podrán ser, en su caso, un componente seguro de nuestra dieta. Estos edulcorantes intensivos o de nueva generación cada vez tendrán mayor presencia en la dieta de los ciudadanos de la UE y del resto del mundo y contribuirán a ayudar a ampliar las opciones para las personas que deseen reducir las calorías en su dieta y controlar mejor su peso.
FUENTE: EUR-Lex